MEDIOS DE COMUNICACION




Promulgación: 30/12/1991
Publicación: 10/02/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 906

Artículo 8

   La Comisión Nacional de Telecomunicaciones, deberá cumplir asimismo
todas las tareas; que en el marco de su competencia le asigne el Poder
Ejecutivo, tendientes al logro de un sistema nacional de
telecomunicaciones, moderno, eficiente y eficaz, a la permanente
actualización tecnológica y al fomento de la inversión privada en el
sector.
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