CONVENIOS LABORALES. EMPLEADOS PRIVADOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO. GRUPO N° 35 INDUSTRIA DEL PAPEL Y CARTON. SUBGRUPO PAPEL
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 7
Para las restantes empresas componentes del Grupo N° 35 "Industria del Papel y Cartón", Subgrupo "Papel" regirá, para los trabajadores comprendidos en ellas, un ajuste salarial del 15% (quince por ciento) sobre las remuneraciones percibidas al 31 de mayo de 1988 con vigencia desde el 1° de junio de 1988 hasta el 30 de setiembre de 1988. (*)