INCORPORACION DE FUNCIONARIA AL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA, PROVENIENTE DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS




Promulgación: 21/12/1977
Publicación: 28/12/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Una vez incorporada la funcionaria en las planillas presupuestales, la Contaduría Central del Ministerio de Industria y Energía comunicará a su similar del Ministerio de Economía y Finanzas la inclusión y fecha de la misma, a partir de la cual dará de baja a la funcionaria, al cargo y a las partidas correspondientes, no pudiendo proceder en tal sentido hasta tanto no reciba la referida comunicación.
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