COMERCIO EXTERIOR - NOMENCLATURA ARANCELARIA




Promulgación: 07/01/1992
Publicación: 11/02/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 40
  Visto: el artículo 4º del decreto del Poder Ejecutivo de 6 de noviembre
de 1991, que redujo a O% hasta el 28 de febrero de 1992 la Tasa Global
Arancelaria para la importación de hasta 5000 (cinco mil) toneladas de
azúcar crudo.

  Considerando: conveniente ampliar el alcance de la referida modificación
arancelaria.

  Atento: a lo dispuesto por los artículos 2º de la ley 12.670 de 17 de
diciembre de 1959, 524 del decreto ley 14.189 de 30 de abril de 1974 y 4º,
inciso B) y 27 del decreto ley 14.629 de 5 de enero de 1977 y el decreto
523/990 de 14 de noviembre de 1990,

El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 589/991 de 06/11/1991 
artículo 4.

Artículo 2

  El presente Decreto entrará, en vigencia a partir de su publicación en
dos diarios de la Capital.

Artículo 3

  Dése cuenta a la Comisión Permanente.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese en dos diarios de la Capital, etc.

LACALLE HERRERA - ENRIQUE BRAGA SILVA - AUGUSTO MONTESDEOCA - PEDRO
SARAVIA
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