Visto: la gestión de la Intendencia Municipal de Paysandú (Intendencia
Municipal y Junta de Vecinos) por la cual propone al Poder Ejecutivo la
modificación presupuestal para el ejercicio 1978.
Resultado: que esta ampliación presupuestal para el año 1978, cuenta
con la aprobación de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión y el acuerdo del Tribunal de Cuentas de la República de fecha 9
de noviembre de 1978.
Considerando: I) Que de no recaudarse los recursos previstos deberán
abatirse gastos a los efectos de mantener el equilibrio presupuestal;
II) Lo dispuesto por el artículo 5º del inciso C) del acto institucional 3
del 1º de setiembre de 1976.
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación
y Difusión y a lo acordado por el Tribunal de Cuentas de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase la modificación presupuestal propuesta por la Intendencia
Municipal de Paysandú (Intendencia Municipal y Junta de Vecinos), la cual
queda fijada en N$ 20: 791.731 (veinte millones setecientos noventa
acuerdo a la siguiente disposición: (*)