FUNCIONARIOS. SALARIOS. INGRESOS COMPLEMENTARIOS




Promulgación: 11/11/1968
Publicación: 15/11/1968

Resumen:

Establécense porcentajes de ingresos complementarios del 25, 12 y 6% en
los titulares de los salarios que tuvieron aumentos en el corriente año 
disponiéndose que los mencionados incrementos se excluirán de aportes 
jubilatorios, seguros por enfermedad y de cualquier otro que corresponda
al ámbito de la seguridad social.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
      Decreto Nº 133/969 de 15/03/1969,
      Decreto Nº 735/968 de 05/12/1968.


		
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