DESPACHO ADUANERO DE MERCADERIAS. CONSTITUCION DE GARANTIA. PROCEDIMIENTO ADUANERO CANAL ROJO




Promulgación: 28/02/2001
Publicación: 09/03/2001
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 508
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 163.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 La Dirección Nacional de Aduanas dispondrá de un plazo máximo de 60 
días, prorrogable, por motivos fundados por 30 días más, a efectos de 
proceder a la determinación definitiva del valor en aduana, determinar el 
origen de la mercadería, o pronunciarse respecto a la clasificación 
arancelaria de la misma.- (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6.
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