La UREE tendrá como cometidos:
1) Controlar el cumplimiento de la Ley Nº 16.832 y su reglamentación.
2) Dictar reglamentos en materia de seguridad y calidad de los
servicios prestados, de los materiales y de los dispositivos eléctricos
a utilizar.
3) Dictar normas y procedimientos técnicos de medición y facturación de
los consumos, de control y uso de medidores e interruptores y de
conexión de suministros.
4) Asesorar al Poder Ejecutivo:
A) En materia de otorgamiento de concesiones, permisos, autorizaciones
relativas a actividades del sector eléctrico, así como lo relacionado
al seguimiento de los convenios que celebren los agentes del mercado.
B) En la fijación de las remuneraciones por transacciones en los
mercados sujetos a regulación.
5) Constituir por sorteo el Tribunal Arbitral que dirimirá los
conflictos que se susciten por la participación de los agentes. A tales
efectos se procederá a que cada parte designe un árbitro y éstos, de
común acuerdo, al tercero. No mediando este acuerdo lo designará la
UREE. Igual procederá cuando una de las partes incurra en mora de
designar su árbitro.
6) Cumplir con todas aquellas funciones que le encomiende el Poder
Ejecutivo.