FIJACION DEL PRECIO DE VENTA DEL SORGO GRANIFERO




Promulgación: 01/02/1978
Publicación: 14/02/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 210
Derogada/o por: Decreto Nº 720/978 Derogada/o de 20/12/1978 artículo 3.
Referencias a toda la norma
Visto: el decreto 414/977, de fecha 20 de julio de 1977, que fijó el
precio de venta con destino al consumo interno, de sorgos graníferos,
propiedad del Ministerio de Agricultura y Pesca.

Resultando: I) El citado precio fue establecido en la oportunidad, sobre
costos calculados hasta el 30 de setiembre de 1977;

II) A la fecha, dichos costos se han vistos acrecidos por concepto de
almacenajes e intereses del Banco de la República, ocurridos en el último
trimestre del mismos año.

Considerando: de acuerdo a lo informado por el Sector Granos del
Ministerio de Agricultura y Pesca, corresponde actualizar el precio de
venta del citado sorgo granífero, elevando el precio anterior de N$ 43.92
en N$ 4.18 por cada 100 kilogramos.

Atento: a lo preceptuado por la ley 10.940, de 19 de setiembre de 1947, a
lo establecido en los decretos 227/977, de 27 de abril de 1977 y 414/977,
de 20 de julio de 1977 y al informe favorable de la Dirección de
Asesoramiento Técnico del Ministerio de Agricultura y Pesca,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 67/978 de 01/02/1978 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 67/978 de 01/02/1978 artículo 2.

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 67/978 de 01/02/1978 artículo 3.

Artículo 4

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 67/978 de 01/02/1978 artículo 4.

MENDEZ - ESTANISLAO VALDES OTERO
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