PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS. FONDOS PUBLICOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1988. DIRECCION GENERAL DEL CATASTRO NACIONAL Y ADMINISTRACION DE INMUEBLES DEL ESTADO




Promulgación: 13/10/1988
Publicación: 23/02/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 588
  Visto: el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos
Extrapresupuestarios correspondiente al Ejercicio 1988, presentado por la
Unidad Ejecutora 009 "Dirección General del Catastro Nacional y
Administración de Inmuebles del Estado" del Programa 009 "Administración
del Catastro Nacional y de Inmuebles del Estado" del Inciso 05 "Ministerio
de Economía y Finanzas" y que la misma solicita la ampliación de cuatro
proyectos en el Plan de Inversiones Públicas de dicho ejercicio.

  Resultando: I) Que las mencionadas ampliaciones se refieren a los
proyectos números 720 "Maquinaria, equipo y mobiliario" en un monto de N$
3:000.000.00 (nuevos pesos tres millones), 721 "Reparación de edificios"
en un monto de N$ 3:500.000.00 (nuevos pesos tres millones quinientos
mil), 777 "Equipos de computación" en un monto de N$ 12:000.000.00 (nuevos
pesos doce millones), y 778 "Equipo restitución aerofotogramétrica" en un
monto de N$ 2:000.000.00 (nuevos pesos dos millones) todos ellos en el
Programa 009 "Administración del Catastro Nacional y de Inmuebles del
Estado" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", cuyos créditos
para el Plan de Inversiones Públicas Ejercicio 1988 fueran autorizados por
la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987, en la financiación 1.3 "Rentas
Generales", por un monto de N$ 1:670.000.00 (nuevos pesos un millón
seiscientos setenta mil), N$ 1:290.000.00 (nuevos pesos un millón
doscientos noventa mil), nuevos pesos 5:919.000.00 (nuevos pesos cinco
millones novecientos diecinueve mil) y N$ 14:480.000.00 (nuevos pesos
catorce millones cuatrocientos ochenta mil) respectivamente;

  II) Que las citadas ampliaciones se financiarán con recursos
extrapresupuestarios, y se hallan incluidas en el preventivo presentado.

  Considerando: que la Unidad Ejecutora gestionante ha ajustado su
preventivo a las normas específicas que le rigen y ha cumplido con las
demás disposiciones que regulan la materia.

  Atento: a lo dispuesto por los artículos 45 del decreto ley 14.416 de 28
de agostode 1975, y 89 de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986, con la
redacción dada, respectivamente, por los artículos 45 y 47 de la ley
15.903 de 10 de noviembre de 1987, y por el artículo 90 de la ley 15.809
precitada y a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
la Contaduría General de la Nación y la División Técnico-Financiera del
Ministerio de Economía y Finanzas,

                   El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Amplíase en el Plan de Inversiones Públicas Ejercicio 1988, los
proyectos de inversión siguientes, a financiarse con recursos
extrapresupuestarios, por un monto total de N$ 20:500.000.00 (nuevos pesos
veinte millones quinientos mil).

Inc. Prog.         Unidad Ejecutora                           Monto en N$

05    009     009. Dirección General del Catastro
              Nacional y Administración de Inmuebles
              del Estado
                       PROYECTOS
              Maquinaria, equipo y mobiliario 720............ 3:000.000.00
              Reparación de edificios 721.................... 3:500.000.00
              Equipos de computación 777.....................12:000.000.00
              Equipo  restitución aerofotogramétrica......... 2:000.000.00

Artículo 2

  Apruébase el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos
Extrapresupuestarios correspondiente al Ejercicio 1988, presentado por la
Unidad Ejecutora 009 "Dirección General del Catastro Nacional y
Administración de Inmuebles del Estado" del Programa 009  "Administración
del Catastro Nacional y de Inmuebles del Estado" del Inciso 05 "Ministerio
de Economía y Finanzas", por un monto  de N$ 33:000.000.00 (nuevos pesos
treinta y tres millones), de acuerdo a detalle consignado en anexo
adjunto, que es parte integrante del presente Decreto. 

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 639/988 de 
13/10/1988.

Artículo 3

 Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 4

   Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación,
publíquese, etc.

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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