REGLAMENTACION DE LA PARTICIPACION CUANTITATIVA DE LOS COMPONENTES DE ELABORACION DEL VINO VERMUT. VERMOUTH




Promulgación: 07/11/1979
Publicación: 16/11/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1180

Artículo 4

  A partir del 1º de noviembre de 1980, el vermouth o vermut sólo podrá
circular y comercializarse cubriendo el tapón o cierre del recipiente que
lo contiene, con una boleta de contralor de calidad, que irá adherida con
cola o goma fuerte, a efectos de garantir la genuinidad del producto.
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