REGULACION DEL CONTROL DE CALIDAD DE LOS VINOS




Promulgación: 28/12/1989
Publicación: 14/03/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 827
Referencias a toda la norma

DECLARACIONES JURADAS

Artículo 5

  Cuando las normas legales o reglamentarias dictadas por el Poder
Ejecutivo y/o el Instituto Nacional de Vitivinicultura establecen la
obligación de presentar declaraciones juradas, otros documentos o exijan
determinadas formalidades, y el obligado las cumpla con errores u
omisiones, incurrirá en contravención y será sancionado de acuerdo a lo
previsto por el artículo 38 de la ley 2.856, de 17 de julio de 1903.
Referencias al artículo
Ayuda