APROBACION RELATIVA A LA AFILIACION DE LOS USUARIOS DE CASA DE GALICIA, A LOS PRESTADORES INTEGRALES DE SALUD QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 23/02/2022
Publicación: 03/03/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Cumplidos 24 (veinticuatro) meses desde la asignación realizada, los usuarios alcanzados por el presente Decreto podrán migrar libremente a cualquier prestador integral de salud, lo que deberán solicitar en un plazo máximo de 30 (treinta) días corridos.
   Vencido el referido término, quedarán sujetos al régimen de movilidad de usuarios previsto en la normativa vigente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 9 (vigencia).
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