Los ascensos de los Sargentos y Sargentos 1ros. designados en
carácter de Reservistas Incorporados se otorgarán por el Sistema de
Antigüedad y serán conferidos por el Comandante en Jefe del Ejército. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 355/987 de 28/07/1987 artículo 1.