TRANSPORTE TERRESTRE - TARIFAS PUBLICAS




Promulgación: 15/12/1992
Publicación: 08/01/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Fíjase en N$ 59,00 (nuevos pesos cincuenta y nueve) el valor del
pasajero - kilómetro para el pago de las órdenes de transporte que emite
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con cargo al Artículo 366 de
la Ley Nº 15.809 del 8 de abril de 1986. El referido valor tendrá vigencia
para las órdenes que se canjeen por boletos abono a partir de febrero de
1993.  
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