MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA AGENCIA PARA EL DESARROLLO DEL GOBIERNO DE GESTION ELECTRONICA Y LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION Y DEL CONOCIMIENTO (AGESIC)




Promulgación: 12/12/2008
Publicación: 30/12/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2993
VISTO: El Decreto del Poder Ejecutivo Nº 371/008 de 4 de agosto de 2008,
modificativo del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 301/008 de 23 de junio de
2008.

RESULTANDO: I) Que se constata que los Anexos 1 y 2 que acompañan y forman
parte del Decreto 371/008 contienen inconsistencias respecto a las
previsiones realizadas en las normas legales y reglamentarias.

II) Que el art. 77 de la Ley Nº 18.362 de 6 de octubre de 2008, creó once
puestos de trabajo y dispuso que los mismos se incorporen a la estructura
organizativa autorizada por el inciso séptimo del artículo 55 de la Ley Nº
18.046, de 24 de octubre de 2006 y por el art. 120 de la Ley Nº 18.172, de
31 de agosto de 2007 y a las unidades reguladoras vinculadas a los
cometidos propios de la AGESIC.

CONSIDERANDO: Que, a los efectos indicados en el Resultando I y II,
resulta necesario modificar el Decreto 371/008.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modifíquese, a partir de la fecha de su vigencia, el Decreto del Poder
Ejecutivo Nº 371/008 de 4 de agosto de 2008, en lo que refiere a los
Anexos 1 y 2 que lo acompañan, sustituyendo los mismos por el que se
adjunta al presente Decreto, con excepción de los montos por concepto 
de retribuciones, los que tendrán vigencia a partir del 1º de diciembre 
de 2008.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 618/008 de 
12/12/2008.

Artículo 2

 Incorpórase a la estructura de puestos de trabajo de la AGESIC, los
cargos creados en el literal A) del artículo 77 de la Ley Nº 18.362 de 6
de octubre de 2008, así como las transformaciones efectuadas en los
literales B) y C) de la referida disposición.

Artículo 3

 Notifíquese, comuníquese, etc.


TABARE VAZQUEZ - ALVARO GARCIA
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