REGULACION DEL IMPUESTO A LA VENTA DE MONEDA EXTRANJERA




Promulgación: 13/11/1985
Publicación: 25/11/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1049
    Visto: el artículo 66 de la ley 15.767 de 13 de setiembre de 1985.

    Resultando: I) Que el Poder Ejecutivo está legalmente autorizado a
fijar la tasa básica del Impuesto a la Venta de Moneda Extranjera hasta un
máximo del 1.5%;

II) Que por el decreto 544/985 de 9 de octubre de 1985 la referida tasa
fue establecida en el 1%.

    Considerando: conveniente elevar al 1.5% la tasa básica del tributo
mencionado.

    Atento: a lo expuesto,

                     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 258/984 Derogada/o de 29/06/1984 
artículo 6.

Artículo 2

    Lo dispuesto por el artículo anterior entrará en vigencia al día
siguiente de la publicación de este decreto en dos diarios de circulación
nacional.

Artículo 3

    Comuníquese, etc

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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