APROBACION DE NORMAS SOBRE PROVENTOS DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 17/09/1986
Publicación: 20/11/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 350

Artículo 2

    Exceptúase parcialmente a partir de la vigencia de la Ley citada en el
artículo anterior, a las Unidades Ejecutoras del Inciso 03 "Ministerio de
Defensa Nacional" que se detallan, del régimen dispuesto en el Inciso 1 de
su artículo 75, las que deberán depositar    a Rentas Generales solamente
el 25% de los ingresos comprendidos en el referido régimen, hasta el 31 de
diciembre de 1986.

073 - Comando General de la Fuerza Aérea
080 - Dirección General de Infraestructura Aeronáutica
086 - Prefectura Nacional Naval
089 - Dirección Nacional de Meteorología
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