BANCOS DEL ESTADO. ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS




Promulgación: 12/09/1967
Publicación: 18/09/1967

Resumen:

Declárase aplicables al Banco Central del Uruguay (BCU) hasta tanto no sea
aprobado su reglamento general, las normas administrativas que se refieran
al Banco de la República (BROU) en cuanto correspondan (Decretos de fecha 7 de agosto de 1942, 9 de febrero de 1945 y Decreto N° 137/964 de 16 de abril de 1964).


		
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