Visto: el decreto 475/984 de 30 de octubre de 1984, por el que se
define el concepto de "núcleo familiar", referido en el artículo 130 del
decreto ley 14.416 de 28 de agosto de 1975.
Resultando: que el literal a) del artículo 1 no incluye dentro del
mismo a las madres solteras a cargo de los beneficiarios directos.
Considerando: que es de estricta justicia incluir entre los
integrantes del núcleo familiar a las madres solteras, por tratarse de una
situación similar a la de las madres viudas o divorciadas.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 475/984 de 30/10/1984
artículo 1 literal a).