Autorízase la venta en carnicerías de los siguientes productos: Lácteos
(yoghourt, helados envasados, postres envasados, flanes envasados y
quesos), dulces envasados, conservas enlatadas y semiconservas en frasco,
que provengan de fábricas autorizadas por los organismos públicos
competentes nacionales o departamentales.