APROBACION DEL PLAN DIRECTOR PARA LA EJECUCION Y MANTENIMIENTO DE CERCOS Y VEREDAS. TRINIDAD. FLORES




Promulgación: 08/10/1980
Publicación: 08/12/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 905

Artículo 3

      El precio total de la obra, resultará de adicionar al valor
contratado un 30% por concepto de gastos de estudios, proyecto, contralor
e imprevistos, otorgándose dos alternativas para el pago de cada
propietario:

a)   Al contado dentro de los sesenta días de terminada y recibida la
     obra;
b)   Hasta en veinte cuotas mensuales y consecutivas con saldos
     reajustables, mediante la aplicación del índice que aplica el Banco
     Hipotecario del Uruguay (Artículo 38 y 39 de la ley 13.728, de 4 de
     diciembre de 1968).
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