MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA




Promulgación: 28/12/2009
Publicación: 14/01/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 2120
VISTO: la propuesta de modificación de los artículos 11, 17 y 19 del
Reglamento de Distribución de Energía Eléctrica, aprobado por Decreto N°
277/002, del 28 de junio de 2002, en redacción dada por el artículo 1° del
Decreto N° 366/007, del 1° de octubre de 2007;

RESULTANDO: I) que la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones
Eléctricas (UTE) realizó propuestas de ajuste a las disposiciones
reglamentarias atinentes a la delimitación de la Zona Electrificada y al
tipo de servicios que es posible brindar según el tipo de instalación de
Distribución disponible, así como otras atinentes a las garantías de
permanencia y contratación, proponiendo también la instrumentación de
medidas de salvaguarda en casos de baja del servicio o renuncia parcial a
la potencia contratada dentro de determinado período;

II) que dicha propuesta fue analizada y discutida técnicamente, habiéndose
realizado algunas precisiones a fin de lograr la mayor adecuación en la
solución regulatoria;

CONSIDERANDO: que se estima pertinente realizar modificaciones a la
reglamentación vigente atendiendo a lo expresado;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 168 numeral 4° de la
Constitución;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Sustitúyase el artículo 11 del Reglamento de Distribución de Energía
Eléctrica, aprobado por Decreto N° 277/002, del 28 de junio de 2002, en
redacción dada por el artículo 1° del Decreto N° 366/007, del 1° de
octubre de 2007, el que quedará redactado como sigue: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

 Sustitúyase el artículo 17 del Reglamento de Distribución de Energía
Eléctrica, aprobado por Decreto N° 277/002, del 28 de junio de 2002, en
redacción dada por el artículo 2° del Decreto N° 366/007, del 1° de
octubre de 2007, el que quedará redactado como sigue: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 3

 Sustitúyase el artículo 19 del Reglamento de Distribución de Energía
Eléctrica, aprobado por Decreto N° 277/002, del 28 de junio de 2002, en
redacción dada por el artículo 4° del Decreto N° 366/007, del 1° de
octubre de 2007, el que quedará redactado como sigue: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 4

 Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - RAUL SENDIC - PEDRO VAZ - ANDRES MASOLLER - CARLOS 
COLACCE
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