RECOPILACION DE NORMAS RELATIVA A LOS TRIBUTOS RECAUDADOS POR LA DGI




Promulgación: 21/09/1988
Publicación: 06/10/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 462
Referencias a toda la norma

CAPITULO IX - FACILIDADES

Artículo 94

    Concesión.- La Dirección General Impositiva podrá conceder facilidades
de pago a los sujetos pasivos deudores de los tributos que ésta recauda,
así como de los recaudos y multas devengadas.
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