RECOPILACION DE NORMAS RELATIVA A LOS TRIBUTOS RECAUDADOS POR LA DGI




Promulgación: 21/09/1988
Publicación: 06/10/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 462
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - ADMINISTRACION DE TRIBUTOS POR LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

Artículo 5

    Cancelación.- Los sujetos pasivos de los tributos recaudados por la
Dirección General Impositiva deberán cancelar la totalidad de sus 
obligaciones tributarias directamente con la referida Dirección con 
prescindencia del destino que tuviera el producido de tales obligaciones.
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