FUNCIONARIOS. INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACION FISICA




Promulgación: 30/12/2005
Publicación: 11/01/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1735
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.556 de 18/09/2002 artículo 142.
   VISTO: lo dispuesto por el artículo 142 de la Ley N° 17.556, de 18 de
setiembre de 2002.

   RESULTANDO: I) que la disposición legal transfiere a la Universidad de
la República, la competencia de la formación de recursos humanos para el
ejercicio de la docencia en materia de Educación Física, desarrollada por
el Instituto Superior de Educación Física (ISEF).

   II) que la vigencia de lo dispuesto por la norma legal, fue condicionada por su propio texto, a la instancia en que el Poder
Ejecutivo y la Universidad de la República, acordaran la transferencia de
los recursos humanos y materiales para el desarrollo de dicha
competencia.

   III) que por disposición de la Ley N° 17.866, de 21 de marzo de 2005
se suprimió el Ministerio de Deporte y Juventud y se cambió la denominación del Ministerio de Turismo por la de Ministerio de Turismo y
Deporte, donde se creó la Unidad Ejecutora 002 "Dirección Nacional de Deporte" a la que se asignaron las competencias que le pertenecían al Ministerio suprimido en el área de deportes.

   CONSIDERANDO: I) que la transferencia de recursos humanos comprende a
los funcionario docentes y no docentes que cumplen tareas de apoyo
imprescindibles para el funcionamiento del actual Instituto Superior de
Educación Física (ISEF), lo cual conlleva la necesidad de instrumentar
procedimientos de incorporación, que atiendan a la diversidad de estatuto
y de vínculo funcional.

   II) que la transferencia de recursos materiales comprende la distribución de créditos presupuestales, la entrega de bienes muebles e inmuebles, así como la cesión de los derechos de que fuera titular el Instituto Superior de Educación Física (ISEF) por sí, o a través del Ministerio de Turismo y Deporte.

   ATENTO: a lo establecido por la norma legal que se reglamenta, a los
términos acordados por la representación del Poder Ejecutivo y de la
Universidad de la República, y a lo dispuesto por el numeral 4° del
artículo 168 de la Constitución de la República.

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                  DECRETA:

Artículo 1

   La formación de recursos humanos docentes en materia de educación 
física correspondiente al Instituto Superior de Educación Física (ISEF),
pasa a ser competencia de la Universidad de la República.

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI - JORGE BROVETTO - HECTOR LESCANO
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