(Subsidio)
Para facilitar la ejecución de las obras de adaptación interna de las
viviendas, necesarias para su conexión a la red de saneamiento, la
Administración de las Obras Sanitarias del Estado y la Intendencia de
Montevideo podrán otorgar subsidios totales o parciales a favor de las
personas en situación de vulnerabilidad.-
Las condiciones que deben cumplir los usuarios que deseen acceder a los
subsidios totales o parciales antes indicados, serán establecidas, para el
interior del país por la Administración de las Obras Sanitarias del Estado
en coordinación con el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente y por la Intendencia de Montevideo para este departamento.-
A los efectos de establecer, evaluar y graduar el porcentaje de subsidio
de las personas en situación de vulnerabilidad, se tomarán en cuenta,
entre otros parámetros, los ingresos del núcleo familiar, el número de
integrantes del mismo y el costo de la obra a subsidiar.-
El subsidio, podrá otorgarse al propietario, promitente comprador, o a
cualquier otro ocupante del inmueble que acredite ser poseedor del mismo
por un período no inferior a un año, siempre que tome a su cargo el costo
de la obra.-