FIJACION DE TARIFAS DEL TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS




Promulgación: 31/10/1991
Publicación: 13/12/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   Fíjase en N$ 38.00 (nuevos pesos treinta y ocho) el valor de pasajero
kilómetro para el pago de las órdenes de transporte que emite el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con cargo al artículo 366 de la
ley 15.809 del 8 de abril de 1986. El referido valor tendrá vigencia para
las órdenes que se canjeen por boletos abono a partir de diciembre de
1991. 
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