PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA LA CONSTRUCCION DE OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 29/10/1991
Publicación: 13/12/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1991
  •    Página: 1065
   Visto: el Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de
Obras Públicas.

   Resultando: que el Poder Ejecutivo por decreto 8/990 de fecha 24
de enero de 1990, aprobó el Texto Ordenado del Pliego de Condiciones
Generales para la Construcción de Obras Públicas.

    Considerando: que es menester ajustar el texto del citado Pliego
estrictamente a la preceptiva jurídica vigente, debiéndose mencionar
al respecto la ley 15.903 de fecha 10 de noviembre de 1987,

    El Presidente de la República

                       DECRETA:

Artículo 1

(*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: TO del Pliego de Condiciones 
Generales para la Construcción de Obras Públicas de 24/01/1990 artículo 4.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: TO del Pliego de Condiciones 
Generales para la Construcción de Obras Públicas de 24/01/1990 artículo 6 
inciso 2º).

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: TO del Pliego de Condiciones 
Generales para la Construcción de Obras Públicas de 24/01/1990 artículo 
12.

Artículo 4

    Comuníquese, publíquese y archívese  

LACALLE HERRERA - WILSON ELSO GOÑI
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