PRORROGA DE VIGENCIA POR APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL AL PERSONAL CONDUCTOR DEL SERVICIO DE AUTOMOVILES CON TAXIMETRO




Promulgación: 27/02/1997
Publicación: 06/03/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 325
   Visto: Las contribuciones especiales de seguridad social
correspondientes al personal de automóviles con taxímetro del Departamento
de Montevideo.

   Resultando: Que por el Decreto Nº 269/996 del 3 de julio de 1996 se
estableció un período de transición a partir del mes de cargo abril de
1996 y hasta el mes de cargo setiembre de 1996 (prorrogado por el Decreto
Nº 422/96 del 4 de noviembre de 1996 hasta el mes de cargo diciembre de
1996) para adecuar la aplicación del régimen de aportaciones a la
seguridad social del personal conductor de automóviles con taxímetro del
Departamento de Montevideo a las disposiciones de la Ley Nº 16.713 de 3 de
setiembre de 1996.

   Considerando: I) Que aún subsisten las razones que dieron motivo al
dictado de los referidos Decretos.

   II) Que los interlocutores sociales representativos de las partes
involucradas del sector de referencia, con la asistencia de representantes
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, han llegado a un pre-acuerdo
respecto a las condicionantes que dieron lugar en el año 1986 a la
fijación de un salario ficto, vislumbrándose la posibilidad cierta de que
en un breve plazo se concrete el acuerdo definitivo entre empleadores y
trabajadores.

   III) Que en tales circunstancias, resulta oportuno y conveniente
prorrogar la vigencia del Decreto Nº 269/996 de 3 de julio de 1996.

   Atento: A lo expuesto precedentemente.

                   El Presidente de la República

                          DECRETA:

Artículo 1

   Prorrógase la vigencia del Decreto Nº 269/996 de 3 de julio de 1996
hasta el mes de cargo febrero de 1997, inclusive.
Referencias al artículo

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA - LUIS MOSCA
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