MODIFICACION DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1992. SERVICIO NACIONAL DE SANGRE




Promulgación: 23/11/1992
Publicación: 16/12/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
     Visto: el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos
Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1992. presentado por la
Unidad Ejecutora 066 "Servicio Nacional de Sangre" del Inciso 12
"Ministerio de Salud Pública" la cual solicita la incorporación de
proyectos al Plan de Inversiones Públicas de dicho ejercicio.

     Resultando: que los referidos proyectos se financiarán con recursos
extrapresupuestales y se hallan incluidos en el preventivo presentado.

     Considerando: que la Unidad Ejecutora gestionante ha ajustado su
preventivo a las normas específicas que le rigen y ha cumplido con las
demás disposiciones que regulan la materia.

     Atento: a lo dispuesto por los artículos 45º del Decreto-Ley Nº
14.416 de 28 de agosto de 1975 y 89 de la Ley Nº 15.809 de 8 de abril de
1986, con la redacción dada, respectivamente, por los artículos 45 y 47
de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987, y a lo informado por la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la
Nación,

                      El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

    Incorpóranse al Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1992 los
proyectos de inversión siguientes, por un monto total de N$
1.100:000.000,00 (nuevos pesos mil cien millones), a financiarse con
recursos extrapresupuestales:

Inciso    Programa  Unidad Ejecutora                   Monto en N$
12        001       066 Servicio Nal. de Sangre
                    PROYECTOS
                    Equipamiento (774)                 900:000.000
                    Construcciones y Mejoras (775)     200:000.000 

Artículo 2

    Apruébase el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos
Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1992, presentado por la
Unidad Ejecutora 066 "Servicio Nacional de Sangre" del Inciso 12
"Ministerio de Salud Pública", por un monto total de N$ 2.900:000.000,00
(nuevos pesos dos mil novecientos millones), de acuerdo a detalle
consignado en anexo adjunto, que es parte integrante del presente
Decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 573/992 de 
23/11/1992.

Artículo 3

    Dése cuenta a la Asamblea General. 

Artículo 4

    Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación;
publíquese, etc. 

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - GUILLERMO GARCIA COSTA
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