EXONERACION DE IMPUESTO. INDUSTRIA NAVAL




Promulgación: 09/09/1971
Publicación: 15/09/1971

Resumen:

Exonérase del impuesto a las Ventas y Servicios a las empresas de reparaciones o de construcciones navales, en las actividades que 
desarrollan para organismos públicos estatales o paraestatales.

Artículo 1

Derogado/s por: Decreto Nº 39/973 Derogada/o de 16/01/1973 artículo 52.


		
		Ayuda