IMPUESTO DE ENSEÑANZA PRIMARIA - PRIMA POR QUEBRANTO DE CAJA




Promulgación: 13/11/1992
Publicación: 03/12/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

    Autorízase a los funcionarios de la Unidad Ejecutora 022 "Dirección
Nacional de Correos" del Programa 012 "Servicios Postales" del Inciso 11
"Ministerio de Educación y Cultura" destinados a las tareas de recaudación
del Impuesto a Primaria y tareas conexas a realizar, por el ejercicio
1992, hasta 100 horas extras mensuales, desde la fecha de iniciación de
dichas tareas de acuerdo con el detalle y forma que determine esa
Dirección. 
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