Visto: el proyecto de reestructura y racionalización administrativa de
los Programas 1.02, 1.03 y 1.04, Unidad Ejecutora 02 - Dirección de
Industria elevado por el Ministerio de Industria y Energía, de acuerdo a
lo establecido en el artículo 67 de la ley 14.189 de 30 de abril de 1974.
Resultando: dicho proyecto ha sido sometido a estudio y pronunciamiento
del Grupo de Trabajo creado a tales efectos por el decreto 454/974 de 6 de
junio de 1974.
Considerando: I) Que el mencionado Grupo de Trabajo se ha expedido
favorablemente sobre el proyecto elevado en virtud de haberse cumplido con
los extremos dispuestos por el artículo 67 y decreto 454/974 antes
referidos, en cuando no se aprecian lesiones de derechos funcionales y se
tiende a una recionalización de los servicios, no superando la partida
utilizada el 5% de las dotaciones presupuestales del Rubro 0 de los
Programas de que se trata;
II) Que la Oficina Nacional del Servicio Civil y Contaduría General de la
Nación ante el informe producido por el Grupo de Trabajo, aconseja la
aprobación del proyecto por parte del Poder Ejecutivo.
Atento: a lo expresado precedentemente y a lo dispuesto por las normas
legales y reglamentarias mencionadas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase la reestructura presupuestal y racionalización administrativa
de la Unidad Ejecutora 02 - Dirección de Industria, Programa 1.02, 1.03 y
1.04, del Inciso 8, Ministerio de Industria y Energía, que se encuentran
glosadas en estos antecedentes.
Los cargos presupuestados de la referida Unidad Ejecutora pasarán a ser
los siguientes:
Nº de
cargos Denominación Escalafón Grado
1 Ingeniero Director de Industria.......... AaA E5
1 Ingeniero Subdirector de Industria....... AaA E2
1 Inspector General (Ingeniero)............ AaA E1
2 Director de División (Ingeniero)......... AaA 6
2 Director de Departamento ................ AaA 5
1 Director de Departamento (Ingeniero o
Contador................................. AaA 5
1 Director de Departamento (Contador)...... AaA 5
1 Jefe de Sección (Ingeniero o Contador.... AaA 4
3 Jefe de Sección.......................... AaA 4
3 Jefe de Sección (Ingeniero).............. AaA 4
1 Ingeniero................................ AaA 3
1 Ingeniero Químico........................ AaA 3
1 Contador................................. AaA 3
3 Bachiller en Ingeniería Industrial o Civil AaB 3
1 Secretario Administrativo................ Ab E2
1 Director de Departamento................. Ab 12
1 Jefe de Sección.......................... Ab 11
3 Jefe de Sector........................... Ab 10
5 Administrativo I......................... Ab 9
7 Administrativo II........................ Ab 8
10 Administrativo III....................... Ab 7
14 Administrativo V......................... Ab 5
3 Ayudante Técnico Facultad Ingeniería (4ºaño) Ac 10
2 Ayudante Técnico Facultad Ingeniería Química
(4º año)................................. Ac 10
1 Ayudante Técnico Facultad Ciencias
Económicas (4º año)...................... Ac 10
3 Ayudante Técnico Facultad Ingeniería (2ºaño) Ac 8
2 Ayudante Técnico Facultad Química (2º año) Ac 8
1 Ayudante Técnico Facultad Ciencias
Económicas (2º año)....................... Ac 8
2 Ayudante Técnico (al vacar: Ayudante Técnico
Facultad Ingeniería, Ciencias Económicas,
o Químicas (2º año)....................... Ac 8
1 Conserje (Encargado de Sector)............ Ad 7
1 Portero I................................. Ad 6
3 Portero II................................ Ad 5
1 Limpiador................................. Ad 4
La estructura de la Dirección de Industria pasará a ser la siguiente:
1) Dirección General.
2) Subdirección de Industria.
3) Unidades dependientes de la Dirección y Subdirección:
- Inspección General.
- Secretaría Administrativa.
- División Promoción Industrial.
- División Informes Técnico- Industriales.
- División Contralores Varios.
- Departamento de Administración.
- Departamento Contable.
Intégranse las Divisiones y Departamentos dependientes de la Dirección y
Subdirección con las siguientes unidades:
1) División Promoción Industrial:
- Departamento de Registro Industrial.
- Sección Estudios Generales.
- Sección Estudios Específicos.
2) División Informes Técnicos-Industriales:
- Sección Industria Azucarera.
- Sección Certificados y Varios.
- Departamentos de Informes.
- Sección Materias Primas.
- Sección Franquicias.
3) División Contralores Varios:
- Sección Papel Diario.
- Departamento de Contralores Técnicos.
- Sección Materias Primas.
- Sección Máquinas, Varaderos y Otros.
4) Departamento de Administración:
- Sección Mesa de Entrada, Registro y Archivo.
- Sección Personal.
- Sector Conserjería.
5) Departamento Contable:
- Sección Contabilidad.
- Sección Tesorería.
- Sector Proveeduría.
La aplicación de los dispuesto precedentemente no significará
disminución en las actuales remuneraciones que perciben los funcionarios
de la Dirección de Industria.
La restructura y racionalización administrativa a que se refiere el
presente decreto entrará en vigencia a partir del día inmediato siguiente
a su aprobación por el Consejo de Estado.