FUNCIONARIOS - RECURSOS NATURALES




Promulgación: 26/11/1993
Publicación: 16/12/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

     La estructura orgánica y presupuestal a que refiere el artículo
precedente, así como la regularización de los funcionarios en los cargos y
funciones contratadas, tendrán vigencia a partir del 1º de enero de 1994.
Referencias al artículo
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