DECLARACION DE PROMOCION INDUSTRIAL DE ACTIVIDADES QUE GENEREN EMPLEO




Promulgación: 23/11/2009
Publicación: 30/11/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1656
Referencias a toda la norma

Artículo 6

 Trámite.- Para tener derecho a la exoneración dispuesta en el artículo
anterior, las empresas que desarrollen las actividades comprendidas en la
declaratoria promocional deberán presentar una declaración jurada con la
descripción de la actividad a desarrollar por la cual se consideren
incluidas en dicha exoneración ante el Ministerio de Industria Energía y
Minería, el cual por sí o recurriendo a la Comisión de Aplicación definida
por el artículo 12 de la Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998, determinará
si se cumple con los requisitos establecidos en el presente decreto.
Referencias al artículo
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