PARTIDAS PRESUPUESTALES. EJERCICIO 1982




Promulgación: 30/12/1982
Publicación: 13/05/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 1347

Artículo 3

   La partida prevista para "Prima por antigüedad" debe ser incorporada al
sueldo, según lo dispone el artículo 24 de la ley 14.867, de 24 de enero
de 1979.
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