APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1993




Promulgación: 24/11/1993
Publicación: 05/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 48

    La prima por Quebranto de Caja será proporcional a los días
efectivamente trabajados, computándose para su cálculo las  licencias
reconocidas y reguladas por el Reglamento de Licencia de la Administración
de las Obras Sanitarias del Estado, con excepción de las licencias
extraordinarias y especiales del Artículo 46, del mencionado cuerpo de
normas y las licencias médicas que sobrepasen los 30 días.
   Cuando la función descripta en el art. 1 sea cumplida durante un
período menor al semestre, la prima se proporcionará al tiempo en que se
cumpla dicha función. 
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