REGLAMENTACION DE LA LEY 18.308 SOBRE INSTRUMENTOS Y PROCEDIMIENTOS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE. URBANIZACION




Promulgación: 16/11/2009
Publicación: 24/11/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1614
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.308 de 18/06/2008,
      Ley Nº 17.292 de 25/01/2001 artículo 48,
      Ley Nº 13.493 de 20/09/1966 artículo 1.

Artículo 5

 (Condiciones generales de los instrumentos. Límites y estándares mínimos)
Los instrumentos de ordenamiento territorial que dicten los respectivos
Gobiernos Departamentales deberán establecer las áreas delimitadas de
suelo urbano, suburbano o suelo con el atributo de potencialmente
transformable dentro de las cuales se aplicarán las reservas de espacio
libres y equipamiento, así como los límites de densidad y edificabilidad.
Los referidos instrumentos establecerán los procedimientos para
instrumentar la cesión de derechos a favor de las Intendencias Municipales
o a las entidades públicas que estas determinen, cuando corresponda.
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