La evaluación de las actividades o proyectos presentados para
beneficiarse de las partidas presupuestales previstas en el artículo 308
de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007, así como su seguimiento,
estará a cargo del sector de Administración de Acciones de Promoción
Industrial de la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería.