REGLAMENTACION DEL ARTICULO 308 DE LA LEY Nº 18.172 Y CREACION DE LA UNIDAD DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD DE CONGLOMERADOS DE VESTIMENTA




Promulgación: 27/12/2007
Publicación: 14/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1650
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo 308.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

 La Gerencia Ejecutiva tendrá entre sus cometidos:

a) Gestionar la ejecución del Proyecto previsto en el Artículo 308 de
   la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007.
b) Supervisar al equipo técnico-administrativo involucrado en dicha
   ejecución.
c) Implementar las decisiones del Consejo Directivo en el tiempo y la
   forma estipulados.
d) Recomendar al Consejo Directivo las medidas que faciliten la
   obtención de los objetivos.

El soporte edilicio, logístico, de comunicaciones y de servicios
informáticos, para el desarrollo de las actividades de la Gerencia
Ejecutiva, serán aportados por la estructura permanente de la Dirección de
Proyectos de Desarrollo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y/o
la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y
Minería.
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