Reglamentario/a de: Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo 309.
La partida correspondiente al ejercicio 2009 se distribuirá en función de la participación establecida en el artículo anterior, considerando para los parámetros los valores correspondientes al ejercicio 2008.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 11.