REGLAMENTACION DE LA LEY 15.433 RELATIVA A LA REGULACION DE MEDICAMENTOS




Promulgación: 22/11/1984
Publicación: 21/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1177
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.443 de 05/08/1983.
Referencias a toda la norma

TITULO IV - REGISTRO DE PRODUCTOS
PRIMERA PARTE: DEL REGISTRO DE MEDICAMENTOS
CAPITULO II - EVALUACION

Artículo 130

   A los efectos de lo determinado en las disposiciones precedentes, se
reconocerán las indicaciones del Codex francés, las dos últimas revisiones
de la Farmacopea Europea y la U.S.P., con excepción de aquellos principios
activos que no figuren en las ediciones mencionadas, en cuyo caso se
tomará como válida la edición más reciente en que esté normatizada. En
caso de principios activos y medicamentos que no figuren en los textos
reconocidos se estará a la información técnica satisfactoria. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 388/994 de 31/08/1994 artículo 1.
Ver vigencia: Decreto Nº 324/999 de 12/10/1999 artículo 22.
Redacción dada anteriormente por: Decreto Nº 252/987 de 25/05/1987 
artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 252/987 de 25/05/1987 artículo 1.
Referencias al artículo
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