DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. REHABILITACION Y MANTENIMIENTO DE VIAS FERREAS




Promulgación: 12/02/2004
Publicación: 17/02/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 289
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Exonérase de los impuestos al Valor Agregado y de Contribución al 
Financiamiento de la Seguridad Social, a las enajenaciones de bienes y 
prestaciones de servicios que el adjudicatario realice al Ministerio de 
Transporte y Obras Públicas, en el marco del cumplimiento de los 
contratos de obra pública y servicios complementarios a que refiere el 
artículo anterior, así como a las enajenaciones de bienes y prestaciones 
de servicios efectuadas por los subcontratistas al adjudicatario con 
igual destino.
   En el caso de las operaciones realizadas por los subcontratistas, la 
factura correspondiente deberá incluir el Impuesto al Valor Agregado, y 
en el caso de las enajenaciones de bienes, el Impuesto de Contribución al 
Financiamiento de la Seguridad Social. Ambos tributos serán devueltos al 
adjudicatario mediante el procedimiento establecido para los 
exportadores.
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