REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.252, EN LO RELATIVO AL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO




Promulgación: 16/01/1975
Publicación: 28/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1975
  •    Página: 79
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 artículos 330, 
331, 332, 333, 334, 335, 336, 337, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 345, 
346, 347, 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 355, 356, 357, 358, 359 y 
360.

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 6

Libros especiales. - La Oficina podrá exigir que se lleven libros o
registros especiales de las operaciones propias o realizadas por cuenta
de terceros relativas a la materia imponible. En caso de incumplimiento,
la Oficina podrá determinar de oficio las rentas imponibles, sin
perjuicio de las sanciones legales que pudieran corresponder.
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