REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.252, EN LO RELATIVO AL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO




Promulgación: 16/01/1975
Publicación: 28/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1975
  •    Página: 79
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 artículos 330, 
331, 332, 333, 334, 335, 336, 337, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 345, 
346, 347, 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 355, 356, 357, 358, 359 y 
360.

CAPITULO X - DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 102

Deducción. - A los efectos de la liquidación del Impuesto a la Renta de
la Industria y Comercio creado por la ley 14.100 del 29 de diciembre de
1972, la deducción por sueldos patronales por los meses comprendidos
entre el 1º de enero de 1974 y el cierre del ejercicio en curso a esa
fecha será de $ 500.000 (quinientos mil pesos) mensuales.
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