REESTRUCTURA PRESUPUESTAL Y RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA




Promulgación: 21/09/1979
Publicación: 10/10/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 601
Referencias a toda la norma

Artículo 5

  La presente Reestructura tendrá vigencia desde el día 1º de abril de
1979, debiéndose efectuar las regularizaciones a que ella obligue dentro
de los noventa días a contar desde su publicación. Tales regularizaciones
regirán desde la fecha de vigencia de la Reestructura.
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