CREACION DEL FONDO DE COMPENSACION DEL TRIGO




Promulgación: 09/11/1990
Publicación: 01/03/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 551
Referencias a toda la norma

Artículo 8

    La Dirección Granos fiscalizará y controlará el cumplimiento de
lo dispuesto en el presente decreto. A tales efectos tendrá todas las
atribuciones que, al respecto, establece la ley 10.940, de 19 de setiembre
de 1947.
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