APROBACION MANUAL DE DESCRIPCIONES OCUPACIONALES. SISTEMA INTEGRADO DE OCUPACIONES Y RETRIBUCIONES (SIRO)




Promulgación: 06/11/2009
Publicación: 01/12/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1545
VISTO: La creación del Sistema Integrado de Ocupaciones y Retribuciones
(S.I.R.O.), por los artículos 28 y siguientes de la Ley Nº 18.172 de 31 de
agosto de 2007, con las modificaciones introducidas por los artículos 20 y
siguientes de la Ley Nº 18.362 de 6 de octubre de 2008;

RESULTANDO: I) que a los efectos de la implementación del citado sistema
resulta necesario aprobar una serie de instrumentos que viabilicen la
incorporación de los funcionarios al mismo;

II) que a tales efectos el artículo 49 de la Ley Nº 18.172 encomendó al
Poder Ejecutivo la reglamentación de la ubicación de los funcionarios en
los escalafones del nuevo sistema, con el asesoramiento de la Oficina
Nacional del Servicio Civil;

CONSIDERANDO: I) que en el sentido indicado precedentemente y en atención
a que las ocupaciones constituyen un elemento esencial al desarrollo de la
carrera administrativa dentro del Sistema Integrado de Retribuciones y
Ocupaciones, la Oficina Nacional del Servicio Civil ha elaborado un
"Manual de Descripciones Ocupacionales";

II) que en virtud de que la elaboración del citado documento contó con la
anuencia de representantes de todos los Incisos de la Administración
Central, se estima pertinente su aprobación mediante el presente decreto;

III) que asimismo, con la finalidad de contemplar eventuales
modificaciones en la nómina y descripción de las ocupaciones, corresponde
prever un mecanismo de actualización del mencionado documento,
entendiéndose del caso centralizar en la Oficina Nacional del Servicio
Civil dicha función;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en el artículo 49 de
la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase el "Manual de Descripciones Ocupacionales" que se agrega en
Anexo y se considera parte integrante del presente decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 510/009 de 
06/11/2009.

Artículo 2

 Cométese a la Oficina Nacional del Servicio Civil proyectar la
actualización anual del referido documento, a cuyos efectos podrá requerir
de los organismos incluidos en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto
Nacional la información necesaria para el cumplimiento de dicho cometido.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 3 y 4.

Artículo 3

 Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, los jerarcas de
los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional podrían remitir a la Oficina
Nacional del Servicio Civil las modificaciones que estimen pertinentes,
dentro de los 60 días anteriores al 31 de diciembre de cada año.

Artículo 4

 La Oficina Nacional del Servicio Civil establecerá el procedimiento
necesario para la implementación de lo dispuesto en el artículo 2º del
presente decreto.

Artículo 5

 Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - JORGE BRUNI - PEDRO VAZ - ALVARO GARCIA - GONZALO FERNANDEZ - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - RAUL SENDIC - JULIO BARAIBAR - MARIA JULIA MUÑOZ - ANDRES BERTERRECHE - HECTOR LESCANO - JACK COURIEL - MARINA ARISMENDI

Ayuda