APLICACION DE BENEFICIOS FISCALES A OBRAS DE SANEAMIENTO EJECUTADAS POR OSE. CONSORCIO CANARIO DE LA CIUDAD DE LA COSTA S.A.




Promulgación: 27/10/2009
Publicación: 10/11/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1474
VISTO: lo dispuesto por los artículos 488 y 492 de la Ley Nº 18.362 de 6
de octubre de 2008, y por el Decreto Nº 87/009, de 16 de febrero de 2009.

RESULTANDO: I) que las referidas normas otorgan beneficios fiscales a la
Administración de las Obras Sanitarias del Estado, y a los contratistas y
firmas consultoras que intervengan en la ejecución de las obras y
suministros para la realización del Programa de Saneamiento Ambiental de
la Ciudad de la Costa.

II) que la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, ha acordado
con la Intendencia Municipal de Canelones la constitución del "Consorcio
Canario de la Ciudad de la Costa S.A.", al amparo del artículo 343 de la
Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007, a los solos efectos de poder
administrar en forma eficiente la construcción de la obras de saneamiento
y viales que demande el referido Programa.

CONSIDERANDO: que el objetivo de la norma legal mencionada en el visto fue
reducir el costo tributario de la parte de las referidas obras vinculada
al saneamiento.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168º de la
Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Decláranse aplicables al "Consorcio Canario de la Ciudad de la Costa
S.A." los beneficios fiscales establecidos por el artículo 488 de la Ley
Nº 18.362 de 6 de octubre de 2008, exclusivamente por la parte de la obra
relativa al saneamiento ejecutadas por cuenta de la Administración de las
Obras Sanitarias del Estado (OSE).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

 Con las mismas limitaciones establecidas en el artículo anterior, será de
aplicación el tratamiento tributario dispuesto por el Decreto Nº 87/009,
de 16 de febrero de 2009, para los contratistas y firmas consultoras que
intervengan en la ejecución de las obras del Programa de Saneamiento
Ambiental de Ciudad de la Costa.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese y archívese.

TABARE VAZQUEZ - ALVARO GARCIA
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